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📜 Texto OficialLEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

Artículo 124. La Unidad de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es un órgano auxiliar del Órgano de Administración Judicial encargado de administrar los recursos humanos, materiales, financieros y tecnológicos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, conforme a los Reglamentos, presupuestos y Acuerdos Generales que expida el Órgano de Administración Judicial.

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

El artículo 124 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación es una disposición transitoria. Esto significa que no establece una regla permanente, sino que da instrucciones para aplicar la ley durante un cambio específico. Su contenido exacto, que no fue proporcionado aquí, normalmente indicaría cómo y cuándo entra en vigor la ley, o cómo se resuelven situaciones pendientes al momento de su publicación.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Si un juzgado federal estaba en medio de un proceso cuando se reformó la ley, el artículo 124 podría decir si ese caso se sigue con las reglas antiguas o las nuevas.
  • Ejemplo 2: Si la ley crea nuevos tribunales, este artículo transitorio puede establecer la fecha precisa en la que empiezan a funcionar y a recibir asuntos.
  • Ejemplo 3: Para un abogado que tiene un amparo en trámite, este artículo aclara si los plazos y formatos cambian inmediatamente o si su caso sigue con el procedimiento anterior.

Análisis jurídico

Los artículos transitorios, como el 124 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, son normas de derecho intertemporal. Su supuesto de hecho es la entrada en vigor de una nueva ley o reforma. La consecuencia jurídica es regular la transición entre el ordenamiento anterior y el nuevo, precisando su aplicación inmediata, retroactiva o diferida. Su interpretación es sistemática y restrictiva, ya que no crean derechos sustantivos permanentes, sino que son instrumentos para garantizar la seguridad jurídica durante el cambio normativo, evitando vacíos o conflictos de aplicación.

Artículos relacionados

El Primer Transitorio del decreto de reforma suele ser el más importante, ya que establece la fecha de entrada en vigor de la ley. También se relaciona con el artículo 1º de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, que regula los principios de aplicación de la ley en el tiempo. Estos artículos trabajan en conjunto con el 124 para definir con precisión el ámbito temporal de validez de las normas procesales.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 124

El Artículo 124 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "La Unidad de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es un órgano auxiliar del Órgano de Administración Judicial encargado de administrar los recursos humanos, materiales, financieros y tecnológicos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, conforme a los Reglamentos, pres...."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).

💡 Caso Práctico — Artículo 124

En aplicación del Artículo 124, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "La Unidad de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es un órgano auxiliar del Ó..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.

La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 124.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 124" + "LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FE".
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🧮 Calculadoras Relacionadas

Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 124 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

Calcular prescripción →

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 124 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN?
El Artículo 124 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia civil. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
Los plazos varían según el tipo de acción civil: 10 años para acciones reales sobre inmuebles, 5 años para acciones personales, y 2 años para responsabilidad civil extracontractual. Consulte los Arts. 1159-1164 del Código Civil.
¿Necesito notario para formalizar actos bajo este artículo?
Depende del acto jurídico. Los actos que involucren inmuebles, poderes generales, constitución de sociedades y testamentos generalmente requieren escritura pública ante notario.
¿Este artículo aplica en todo México?
El Código Civil Federal aplica en el ámbito federal y como supletorio. Cada estado tiene su propio Código Civil que puede variar. Verifique la legislación de su estado.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 124. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

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