Artículo 68
“Los días señalados en los citados términos se podrán considerar inhábiles para todos los efectos legales, cuando así lo determine la propia Comisión.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Prestamo le da un poder específico a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Le permite a esta autoridad declarar días inhábiles. Esto significa que si la CNBV lo decide, ciertos días que normalmente son laborables se pueden tratar como si fueran sábado, domingo o festivo para todos los trámites y plazos legales de estas cooperativas.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si una cooperativa tiene que presentar un informe ante la CNBV un viernes, pero ese día la autoridad lo declara inhábil por una contingencia, el plazo se recorre al siguiente día hábil, sin que la cooperativa sea sancionada.
- Ejemplo 2: Un socio necesita que se le autorice un préstamo con urgencia un jueves. Si la CNBV declara ese día inhábil a nivel nacional, las operaciones de la cooperativa que requieran validación legal pueden suspenderse, retrasando el desembolso.
- Ejemplo 3: Cuando hay una emergencia sanitaria o desastre natural, la CNBV puede declarar inhábiles varios días para dar un respiro a las cooperativas, evitando que cumplan plazos administrativos durante la crisis.
Análisis jurídico
El artículo 68 establece una facultad reglada de la Comisión. El supuesto de hecho es la existencia de términos o plazos señalados en la ley. La consecuencia jurídica es la posibilidad de que dichos días sean considerados inhábiles, modificando así la computación de plazos procesales y administrativos. Su interpretación debe ser sistemática con las disposiciones del Código Civil Federal sobre cómputo de plazos, pero la ley especial otorga a la Comisión la potestad de alterar el calendario oficial de días hábiles para efectos específicos dentro del sector, lo que constituye una medida de política regulatoria y de seguridad jurídica ante contingencias.
Artículos relacionados
Este artículo 68 se vincula directamente con el artículo 67 de la misma ley, que establece los términos y plazos que la Comisión debe observar, pues es sobre esos términos que aplica la declaratoria de inhabilidad. También se relaciona con el artículo 1 Bis de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que define los días y horas hábiles para la tramitación, ya que la facultad de la CNBV crea una excepción a esa regla general para el sector específico.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 68
El Artículo 68 de la LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "Los días señalados en los citados términos se podrán considerar inhábiles para todos los efectos legales, cuando así lo determine la propia Comisión."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 68
En aplicación del Artículo 68, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Los días señalados en los citados términos se podrán considerar inhábiles para todos los efectos leg..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 68.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 68 de la LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 68 de la LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO?
¿Este artículo está vigente en 2026?
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