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📜 Texto OficialPRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025

Dichas disposiciones específicas establecerán, entre otros aspectos, los montos de la compensación económica, los cuales se podrán cubrir con recursos del Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas o conforme al mecanismo presupuestario y de pago que se determine; los tipos de personal que podrán acogerse al mismo, considerando no afectar la prestación de servicios públicos; así como el procedimiento que deben seguir las Dependencias y Entidades correspondientes para su aplicación.

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

Este artículo 16 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 es una instrucción para crear reglas más detalladas. Esas reglas futuras definirán cuánto dinero se dará como compensación a ciertos trabajadores del gobierno, de qué partida presupuestal saldrá ese pago y qué pasos deben seguir las oficinas para gestionarlo, siempre cuidando que no se descuiden los servicios públicos.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Si trabajas en una secretaría de gobierno y existe un programa de incentivos o compensaciones por desempeño, el artículo 16 establece la base para que se definan los montos y el proceso para que tú los recibas.
  • Ejemplo 2: Cuando una dependencia pública necesita recompensar a su personal sin afectar sus servicios, debe seguir el procedimiento que se desarrolle a partir de este artículo 16 para hacerlo de manera ordenada y con recursos autorizados.
  • Ejemplo 3: Si eres un ciudadano que usa un servicio público, este artículo busca que cualquier pago extra al personal se haga sin perjudicar la calidad del servicio que recibes, ya que las reglas lo consideran expresamente.

Análisis jurídico

El artículo 16 opera como una norma de habilitación o remisión. Su supuesto de hecho es la necesidad de establecer compensaciones económicas al personal. La consecuencia jurídica es la obligación de emitir disposiciones específicas que desarrollen los elementos señalados: montos, fuente de financiamiento (Ramo 23 u otro mecanismo), tipos de personal beneficiario y procedimiento aplicable. La interpretación sistemática exige leerlo junto con las reglas de disciplina presupuestaria y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, ya que regula el ejercicio del gasto público.

Artículos relacionados

Este artículo 16 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 se vincula directamente con las disposiciones de la misma ley que definen las reglas para la modificación de asignaciones presupuestarias. También se relaciona con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que establece los principios generales del gasto. Además, depende de lo dispuesto en el Título Séptimo de la Ley Federal del Trabajo, que regula las bases generales de las remuneraciones.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 16

El Artículo 16 de la PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025 impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "Dichas disposiciones específicas establecerán, entre otros aspectos, los montos de la compensación económica, los cuales se podrán cubrir con recursos del Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas o conforme al mecanismo presupuestario y de pago que se determine."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).

💡 Caso Práctico — Artículo 16

En aplicación del Artículo 16, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Dichas disposiciones específicas establecerán, entre otros aspectos, los montos de la compensación e..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.

La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 16.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 16" + "PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN ".
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 16 de la PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

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📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 16 de la PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025?
El Artículo 16 de la PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025 establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia fiscal. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Qué pasa si no cumplo con esta obligación fiscal?
El SAT puede imponer multas, recargos y actualizaciones. En casos graves, puede configurarse el delito de defraudación fiscal (Arts. 108-109 CFF).
¿Puedo impugnar una resolución basada en este artículo?
Sí, puede interponer recurso de revocación ante el SAT (45 días) o juicio contencioso administrativo ante el TFJA (30 días). También el juicio de amparo.
¿Puedo pagar en parcialidades?
Sí, el SAT permite convenios de pago en parcialidades (hasta 36 meses) o pago diferido. Se causan recargos por financiamiento.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 16. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

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