Artículo 51Precepto Vigente Estatal
“al Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla; publicado en el Periódico Ofic ial del Estado , el lunes 30 de diciembre de 2013, Número 12, Vigésima S é ptima Sección, Tomo CDLXIV) . PRIMERO. - El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO. - Se derogan todas las dispos iciones que se opongan al presente Decreto. EL GOBERNADOR, hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los quince días del mes de diciembre de dos mil trece. - D iputado Presidente. - GERARDO MEJÍA RAMÍREZ. - Rúbrica. - Diputado Vicepresidente. - ENRIQUE NACER HERNÁNDEZ. - Rúbrica. - Diputado Secretario. - FELIX SANTOS BACILIO. - Rúbrica. Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palaci o del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil trece. - El Gobernador Constitucional del Estado. - C . RAFAEL MORENO VALLE ROSAS. - Rúbrica. - El Secretario General de Gobierno. - C. LUI S MALDONADO VENEGAS . - Rúbrica. Orden Jurídico Poblano 332 TRANSITORIOS (Del Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que reforma , adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla ; asimismo reforma y adiciona diversas disposici ones del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla ; publicado en el Periódico Oficial del Estado , el lunes 30 de diciembre de 2013, Número 12, Trigésima Cuarta Sección, Tomo CDLXIV) . PRIMERO. - El prese nte Decreto entrará en vigor a los quince días naturales siguientes contados a partir del día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO . - Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía en lo que se opongan al presente Decreto. EL GOBERNADOR , hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los quince días del mes de diciembre de dos mil trece. - Diputado Presidente. - GERARDO MEJÍA RAMÍREZ. - Rúbrica. - Diputado Vicepresidente. - ENRIQUE NACER HERNÁNDEZ. - Rúbrica. - Diputado Secretario. - FELIX SANTOS BACILIO. - Rúbrica. Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces He roica Puebla de Zaragoza, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil trece. - El Gobernador Constitucional del Estado. - C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS. - Rúbrica. - El Secretario General de Gobierno. - C. LUIS MALDONADO VENEGAS . - Rúbrica. Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla 333 TRANSITORIOS (Del Decreto del Honorable Con greso del Estado, por el que reforma el primer y segundo párrafos , y adiciona un tercer párrafo al”
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 51
El Artículo 51 de la Código Penal del Estado de Puebla impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "al Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En materia penal, este artículo es parámetro de control para evaluar la legalidad de actos de investigación, medidas cautelares y sentencias. Los Jueces de Control deben contrastarlo con el Código Nacional de Procedimientos Penales al resolver audiencias iniciales.
La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Amparo Indirecto durante el proceso penal (contra actos del Ministerio Público o del Juez de Control) y Amparo Directo ante el Tribunal Colegiado de Circuito contra la sentencia definitiva. En caso de violaciones graves a derechos durante la investigación, también procede la queja ante el órgano jurisdiccional competente.
- ▸Acción de Inconstitucionalidad ante la SCJN (plazo 30 días desde la publicación de la norma en el DOF, legitimación restringida a minorías parlamentarias, PGR y equivalentes). Para particulares afectados por normas inconstitucionales, el amparo indirecto en su modalidad de amparo contra leyes es el medio idóneo.
💡 Caso Práctico — Artículo 51
Durante una audiencia inicial, el Ministerio Público presenta datos de prueba que fueron obtenidos mediante una diligencia realizada sin orden judicial. El imputado, a través de su defensor, plantea la exclusión de prueba ilícita con base en el Artículo 51: los derechos constitucionales actúan como regla de exclusión que invalida cualquier evidencia obtenida en su contravención.
Si el juez de control rechaza la exclusión, procede el amparo indirecto de inmediato (violación de reglas que trascienden al fallo), y la Suprema Corte ha sostenido que la admisión de prueba ilícita en juicio oral amerita la reposición del procedimiento.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 51.
🧮 Calculadoras Relacionadas
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 51.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones en su caso.
Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta plazos específicos.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 51 de la Código Penal del Estado de Puebla?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué debo hacer si soy víctima de este delito?
¿Cuánto tiempo tiene el Estado para perseguir este delito?
¿Se puede negociar una reparación del daño?
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
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