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📜 Texto OficialLEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN

Capítulo II Del Recurso de Reconsideración

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

Este artículo 74 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación es como el índice de un capítulo. Nos avisa que a continuación viene el "Capítulo II", el cual se va a llamar "Del Recurso de Reconsideración". En otras palabras, este artículo solo pone el título del siguiente bloque de reglas, que tratará sobre cómo una persona o institución puede pedir que se reconsidere una decisión tomada por los órganos de fiscalización.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Un ciudadano busca información sobre cómo impugnar una observación de la Auditoría Superior de la Federación. Al consultar la ley, ve que el artículo 74 anuncia el capítulo donde se explica ese procedimiento.
  • Ejemplo 2: Un servidor público de una dependencia federal es notificado con un informe de irregularidades. Para saber sus derechos de defensa, identifica que el capítulo anunciado en el artículo 74 contiene las reglas del recurso que puede interponer.
  • Ejemplo 3: Un estudiante de derecho investiga la estructura de la ley. El artículo 74 le sirve para ubicar rápidamente la sección dedicada a los medios de impugnación dentro del control fiscal.

Análisis jurídico

El artículo 74 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación tiene una función estructural y de ordenamiento sistemático. Su supuesto de hecho es la propia existencia de la ley y la necesidad de dividir su contenido. La consecuencia jurídica es la creación de una unidad normativa identificada como "Capítulo II" con el título "Del Recurso de Reconsideración". Esto permite una interpretación coherente, ya que agrupa bajo un mismo rubro todos los preceptos subsiguientes relativos a este medio de defensa específico, hasta que otro artículo establezca un nuevo capítulo. Su análisis debe hacerse en conjunto con los artículos que le siguen, que son los que desarrollan materialmente el recurso.

Artículos relacionados

Este artículo se conecta directamente con los artículos que integran el Capítulo II que él anuncia, los cuales deben ser consultados para conocer el fondo del recurso. También se relaciona con el artículo 73 de la misma ley, que probablemente establece el Capítulo I, permitiendo ver la secuencia lógica de la norma. Además, tiene vínculo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, ya que el recurso de reconsideración es un medio de defensa común en materia de responsabilidad administrativa.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 74

El Artículo 74 de la LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "Capítulo II Del Recurso de Reconsideración."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).

💡 Caso Práctico — Artículo 74

En aplicación del Artículo 74, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Capítulo II Del Recurso de Reconsideración..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.

La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 74.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 74" + "LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUEN".
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🧮 Calculadoras Relacionadas

Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 74 de la LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

Calcular plazo →
📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

Calcular prescripción →

Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 74 de la LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN?
El Artículo 74 de la LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia fiscal. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Qué pasa si no cumplo con esta obligación fiscal?
El SAT puede imponer multas, recargos y actualizaciones. En casos graves, puede configurarse el delito de defraudación fiscal (Arts. 108-109 CFF).
¿Puedo impugnar una resolución basada en este artículo?
Sí, puede interponer recurso de revocación ante el SAT (45 días) o juicio contencioso administrativo ante el TFJA (30 días). También el juicio de amparo.
¿Puedo pagar en parcialidades?
Sí, el SAT permite convenios de pago en parcialidades (hasta 36 meses) o pago diferido. Se causan recargos por financiamiento.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 74. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

📄 Plantillas Relacionadas

Documentos legales listos para usar, basados en los derechos y obligaciones de este artículo.

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