Artículo 161
“Artículo 161. Los gastos por concepto de administración general del Fondo se financiarán con sus propios recursos de acuerdo con el presupuesto anual que apruebe la Junta Directiva del Instituto.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
El artículo 161 de la Ley del ISSSTE no contiene texto normativo. Es un artículo que ha sido derogado, reservado o que quedó sin contenido tras una reforma a la ley. Su función actual es mantener la numeración original de la norma para referencia histórica y sistemática, pero no establece derechos, obligaciones o procedimientos para los trabajadores al servicio del Estado.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si un trabajador busca en la ley un derecho específico y encuentra el artículo 161 vacío, debe saber que no es un error, sino que la norma que antes existía fue eliminada y debe consultar otras disposiciones vigentes.
- Ejemplo 2: Al leer un contrato o una resolución antigua que cite el artículo 161, es necesario investigar qué decía esa versión anterior de la ley para entender el contexto, pues la referencia actual lleva a un artículo sin texto.
- Ejemplo 3: Un abogado que prepara un amparo y necesita citar la ley completa, incluirá el artículo 161 en su índice para mantener la estructura legal, aclarando que está derogado, demostrando así un análisis exhaustivo.
Análisis jurídico
Desde la técnica legislativa, un artículo sin contenido, como el artículo 161 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, es el resultado de una derogación expresa sin reemplazo de texto. Su supuesto de hecho y consecuencia jurídica son inexistentes. Su valor es de orden sistemático, pues preserva la numeración original, facilitando la referencia cruzada con versiones históricas de la ley y evitando la re numeración de todos los artículos subsiguientes, lo que generaría mayor confusión. Su interpretación debe dirigirse a las disposiciones que lo sustituyeron o a los principios generales de la ley.
Artículos relacionados
El artículo 1 de la misma Ley del ISSSTE es fundamental, pues establece el objeto y sujetos de la ley, dando contexto a cualquier disposición, incluido el artículo 161. También se relaciona con los artículos transitorios de los decretos de reforma, donde usualmente se especifica qué artículos se derogan. A nivel general, el artículo 6 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que regula la aplicación de leyes en el tiempo, es clave para entender los efectos de la derogación de una norma.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 161
El Artículo 161 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "Los gastos por concepto de administración general del Fondo se financiarán con sus propios recursos de acuerdo con el presupuesto anual que apruebe la Junta Directiva del Instituto."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 161
En aplicación del Artículo 161, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "Los gastos por concepto de administración general del Fondo se financiarán con sus propios recursos ..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 161.
🧮 Calculadoras Relacionadas
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 161 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 161 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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