Artículo 67
“Párrafo reformado DOF 22-06-2018 Los Familiares Derechohabientes elegirán la Aseguradora con la que deseen contratar su Seguro de Pensión con los recursos relativos al Monto Constitutivo de la Pensión a que se refiere el párrafo anterior. Por lo que se refiere a los recursos de la Cuenta Individual del Trabajador fallecido, o desaparecido por actos delincuenciales, sus Familiares Derechohabientes podrán optar por: Párrafo reformado DOF 22-06-2018 I. Retirarlos en una sola exhibición, o II. Contratar Rentas por una cuantía mayor.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Si un trabajador del gobierno fallece o desaparece por un delito, su familia tiene dos derechos principales. Primero, pueden elegir libremente la aseguradora para contratar la pensión que les corresponde. Segundo, sobre el dinero ahorrado en la cuenta individual del trabajador, pueden decidir entre sacarlo todo de una vez o usarlo para comprar una renta vitalicia que pague más cada mes.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un maestro de escuela pública fallece. Su viuda, al iniciar el trámite de pensión, puede comparar y elegir la aseguradora que le ofrezca el mejor servicio o condiciones para el pago mensual de su pensión.
- Ejemplo 2: Un empleado de una dependencia federal es víctima de desaparición forzada. Sus hijos, como derechohabientes, pueden decidir si retiran el total de su fondo de ahorro para una emergencia o lo convierten en un ingreso adicional permanente.
- Ejemplo 3: Al fallecer un trabajador de base del IMSS, su cónyuge evalúa su situación económica. Si necesita capital inmediato para deudas, elige el retiro total; si busca seguridad a largo plazo, prefiere contratar una renta que le dé un ingreso mayor de por vida.
Análisis jurídico
El artículo 67 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado regula dos consecuencias jurídicas distintas para los derechohabientes. La primera es la libertad de elección de aseguradora para el seguro de pensión derivado del monto constitutivo, un acto de autonomía de la voluntad dentro del sistema de seguridad social. La segunda establece una opción legal sobre los recursos de la cuenta individual: el derecho de disposición total (retiro único) o la conversión en un flujo de ingresos periódicos (renta vitalicia). La reforma de 2018 incorporó la desaparición por actos delincuenciales como supuesto de hecho equiparable al fallecimiento para estos efectos.
Artículos relacionados
El artículo 66 de la misma Ley del ISSSTE, que define quiénes son los Familiares Derechohabientes con derecho a estos beneficios. También el artículo 167 de la Ley del Seguro Social, que regula opciones similares para los beneficiarios de trabajadores del sector privado, permitiendo contrastar los regímenes. Estos artículos son clave porque establecen el círculo de personas con derecho a tomar las decisiones que autoriza el artículo 67.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 67
El Artículo 67 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO regula una materia de orden público. Su texto inicia estableciendo: "Los Familiares Derechohabientes elegirán la Aseguradora con la que deseen contratar su Seguro de Pensión con los recursos relativos al Monto Constitutivo de la Pensión a que se refiere el párrafo anterior."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En litigios laborales, este artículo se invoca ante los Tribunales Laborales y Centros de Conciliación cuando el patrón incurre en prácticas que vulneran los derechos mínimos garantizados por el texto constitucional, especialmente en despidos injustificados y condiciones de trabajo discriminatorias.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 67
Una trabajadora embarazada es despedida "sin causa" durante su período de gestación. Aunque el patrón no invoca explícitamente el embarazo como motivo, la presunción de discriminación se activa automáticamente con base en el Artículo 67. Corresponde entonces al patrón demostrar que el despido tuvo una causa objetiva y proporcional ajena a la condición de la trabajadora; de no hacerlo, el Tribunal Laboral debe ordenar la reinstalación o la indemnización constitucional incrementada.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 67.
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Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 67 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 67 de la LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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