Artículo 49
“Párrafo reformado DOF 06-01-1997, 16-12-2020 Tratándose de créditos otorgados para la adquisición de viviendas financiadas directamente por el Instituto, éstos se darán por cancelados y el contrato rescindido si los deudores incurren en alguna de las causales señaladas en el párrafo anterior, por lo que el deudor o quien ocupe el suelo o la vivienda deberá desocuparla en un término de 45 días naturales contados a partir de la fecha en que se reciba el aviso respectivo, tratándose de suelo deberá, de ser el caso, desocuparse y suspender todas aquellas actividades de construcción en ese mismo plazo. Párrafo reformado DOF 16-12-2020 En el caso del párrafo anterior, las cantidades que hayan cubierto los trabajadores hasta la fecha en que se desocupe la vivienda, se aplicarán a favor del instituto a título de pago por el uso de la propia vivienda. Artículo reformado DOF 30-12-1983”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Si el Infonavit te dio un crédito directo para comprar una casa y tú, como deudor, cometes una falta grave (como dejar de pagar), el crédito se cancela y el contrato se termina. Tienes 45 días para desalojar la vivienda o el terreno desde que recibas el aviso. Si estabas construyendo en un terreno, también debes parar la obra. Todo el dinero que ya habías pagado se queda el Infonavit como pago por el tiempo que usaste la casa.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Dejaste de pagar tu crédito Infonavit por más de un año. El Instituto te notifica la cancelación. Tienes 45 días para salir de tu casa y entregar las llaves, perdiendo lo que ya habías pagado.
- Ejemplo 2: Compraste un terreno con crédito directo del Infonavit para construir, pero dejaste de pagar. Recibes un aviso y debes desalojar y detener toda construcción en el plazo de 45 días naturales.
- Ejemplo 3: Aunque no seas el titular del crédito, pero vives en la casa comprada con ese financiamiento, al cancelarse el crédito también estás obligado a desalojar dentro del plazo señalado de 45 días.
Análisis jurídico
El artículo 49 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establece una consecuencia jurídica grave para créditos directos. El supuesto de hecho es que el deudor incurra en alguna causal de incumplimiento prevista en el párrafo anterior (art. 49, primer párrafo). La consecuencia es la rescisión del contrato y la cancelación del crédito, generando la obligación de desocupar en 45 días naturales. La norma aplica un efecto retroactivo confiscatorio respecto a los pagos realizados, que se convierten en indemnización por uso, no en abono al capital.
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El artículo 49, primer párrafo de la misma ley es esencial, pues lista las causales de incumplimiento (como mora) que activan este procedimiento. También se relaciona con el artículo 52, que regula el remate de la vivienda una vez rescindido el contrato. La Ley Federal de Protección al Consumidor puede entrar en tensión con esta cláusula, al establecer protecciones contra rescisiones abusivas.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 49
El Artículo 49 de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES impone obligaciones al Estado. Su texto inicia estableciendo: "Tratándose de créditos otorgados para la adquisición de viviendas financiadas directamente por el Instituto, éstos se darán por cancelados y el contrato rescindido si los deudores incurren en alguna de las causales señaladas en el párrafo anterior, por lo que el deudor o quien ocupe el suelo o la...."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
En litigios laborales, este artículo se invoca ante los Tribunales Laborales y Centros de Conciliación cuando el patrón incurre en prácticas que vulneran los derechos mínimos garantizados por el texto constitucional, especialmente en despidos injustificados y condiciones de trabajo discriminatorias.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 49
Una trabajadora embarazada es despedida "sin causa" durante su período de gestación. Aunque el patrón no invoca explícitamente el embarazo como motivo, la presunción de discriminación se activa automáticamente con base en el Artículo 49. Corresponde entonces al patrón demostrar que el despido tuvo una causa objetiva y proporcional ajena a la condición de la trabajadora; de no hacerlo, el Tribunal Laboral debe ordenar la reinstalación o la indemnización constitucional incrementada.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 49.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 49 de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 49 de la LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Cuál es el plazo de prescripción para ejercer este derecho?
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