Artículo 125
“Artículo 125.- Tan pronto reciba la primera promoción relativa a un conflicto colectivo o sindical, el Presidente del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, citará a las partes dentro de las veinticuatro horas siguientes a una audiencia de conciliación, que deberá llevarse a cabo dentro del término de tres días contados a partir de la fecha de la citación. En esta audiencia procurará avenir a las partes; de celebrarse convenio, se elevará a la categoría de laudo, que las obligará como si se tratara de sentencia ejecutoriada. Si no se avienen, remitirá el expediente a la Secretaría General de Acuerdos del Tribunal para que se proceda al arbitraje de conformidad con el procedimiento que establece este capítulo.”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo establece que los trabajadores de base del gobierno federal tienen derecho a recibir un aguinaldo anual. Este pago debe ser equivalente a, por lo menos, cuarenta días de salario. La ley obliga a las dependencias públicas a pagarlo antes del 20 de diciembre de cada año.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Si eres un administrativo en una secretaría de estado, tienes derecho a que te paguen tu aguinaldo completo a más tardar el 20 de diciembre, para los gastos de las fiestas de fin de año.
- Ejemplo 2: Un maestro de una escuela pública federal debe recibir este beneficio calculado sobre su salario diario, sin que el patrón (el Estado) pueda reducirlo o retrasarlo sin causa justificada.
- Ejemplo 3: Un trabajador de base que se pensiona en noviembre tiene derecho a la parte proporcional del aguinaldo correspondiente a los meses trabajados ese año, como parte de su liquidación.
Análisis jurídico
El artículo 125 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del Apartado B del Articulo 123 Constitucional configura una prestación mínima e irrenunciable. El supuesto de hecho es la relación laboral vigente. La consecuencia jurídica es la obligación patronal de pagar una cantidad no menor a 40 días de salario dentro de un plazo perentorio (antes del 20 de diciembre). Su interpretación debe ser sistemática con el artículo 87 de la LFT para trabajadores del sector privado, aunque este artículo establece un mínimo mayor (40 vs. 15 días).
Artículos relacionados
El artículo 126 de la misma ley se relaciona, pues regula las primas vacacionales y de antigüedad, que son prestaciones adicionales al salario. El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo es clave para comparar, ya que establece el derecho al aguinaldo para los trabajadores del sector privado, pero con un mínimo de 15 días. Ambos artículos consagran el principio de irrenunciabilidad de las prestaciones a favor del trabajador.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 125
El Artículo 125 de la LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL impone obligaciones al Estado con rango constitucional, por lo que vincula a todos los poderes del Estado y a los particulares. Su texto inicia estableciendo: "- Tan pronto reciba la primera promoción relativa a un conflicto colectivo o sindical, el Presidente del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, citará a las partes dentro de las veinticuatro horas siguientes a una audiencia de conciliación, que deberá llevarse a cabo dentro del término de ...."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
La organización de poderes que establece este artículo define la estructura del principio de separación de poderes y el sistema de pesos y contrapesos. Toda invasión competencial entre los poderes puede dar lugar a una controversia constitucional ante la Suprema Corte.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 125
En aplicación del Artículo 125, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "- Tan pronto reciba la primera promoción relativa a un conflicto colectivo o sindical, el Presidente..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
La SCJN utiliza además el método de interpretación conforme: antes de declarar inconstitucional una norma secundaria, el tribunal debe agotar la posibilidad de interpretarla de una manera compatible con el Artículo 125. Solo cuando no exista lectura compatible procede la declaración de inconstitucionalidad.
🧮 Calculadoras Relacionadas
Herramientas de cálculo relevantes para los derechos y obligaciones de la LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 125 de la LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 125 de la LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué hacer si se viola este derecho constitucional?
¿Este artículo es de aplicación directa?
¿Las reformas a este artículo son retroactivas?
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📄 Plantillas Relacionadas
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