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📜 Texto OficialLEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO

Artículo 60.- El Comité de Protección al Ahorro Cooperativo podrá solicitar al Comité de Supervisión Auxiliar que realice las visitas de inspección necesarias, a efecto de constatar la situación financiera, contable y legal de la o las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Niveles de Operación I a IV participantes en los mecanismos a que se refiere el Artículo 85 de esta Ley.

📖 Explicación Ciudadana

¿Qué dice este artículo en palabras simples?

Este artículo, el artículo 60 de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Prestamo, establece que las cooperativas de ahorro y préstamo deben tener un órgano de vigilancia. Este órgano se elige en la asamblea general y su función principal es supervisar que la directiva y los administradores cumplan con la ley, el reglamento y las decisiones de los socios. Actúa como el "ojo vigilante" de la cooperativa para proteger los intereses de todos los ahorradores.

¿En qué situación de la vida real me aplica?

  • Ejemplo 1: Si eres socio de una caja popular y sospechas que el gerente está usando los fondos para gastos personales, el órgano de vigilancia es a quien debes acudir para que investigue y presente su informe ante la asamblea.
  • Ejemplo 2: Cuando en la asamblea anual se presentan los estados financieros, el órgano de vigilancia debe dar su opinión sobre si son claros y reflejan la verdadera situación de la cooperativa, antes de que tú votes por su aprobación.
  • Ejemplo 3: Si la directiva quiere cambiar una regla importante sin consultar a los socios, el órgano de vigilancia tiene la obligación de oponerse y asegurar que se respete el procedimiento establecido en la ley y los estatutos.

Análisis jurídico

El artículo 60 constituye la base normativa del órgano de gobierno encargado del control interno y la fiscalización en las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Establece su creación como obligatoria, su integración por socios elegidos en asamblea general y delimita su función genérica: vigilar el cumplimiento de la normativa y de los acuerdos asamblearios por parte de los órganos de administración y dirección. La consecuencia jurídica es la existencia de un contrapeso interno esencial para la gobernanza corporativa, la prevención de abusos y la protección del patrimonio social. Su interpretación debe ser sistemática con los artículos que detallan sus facultades, obligaciones y responsabilidades.

Artículos relacionados

El artículo 61 de la misma Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Prestamo es fundamental, ya que detalla las facultades y obligaciones específicas del órgano de vigilancia, como revisar operaciones y convocar asambleas. También se relaciona con el artículo 46 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, que establece principios generales sobre el órgano de vigilancia. Además, su labor se vincula con la supervisión de la CNBV regulada en esta ley, pues el órgano interno es el primer eslabón de control.

🧠 Aplicación Práctica en el Litigio

📌 Síntesis del Artículo 60

El Artículo 60 de la LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO otorga facultades y atribuciones específicas. Su texto inicia estableciendo: "- El Comité de Protección al Ahorro Cooperativo podrá solicitar al Comité de Supervisión Auxiliar que realice las visitas de inspección necesarias, a efecto de constatar la situación financiera, contable y legal de la o las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Niveles de Operación I a...."

⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio

El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.

🛡️ Medios de Defensa y Plazos

  • Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).

💡 Caso Práctico — Artículo 60

En aplicación del Artículo 60, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "- El Comité de Protección al Ahorro Cooperativo podrá solicitar al Comité de Supervisión Auxiliar qu..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.

La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.

📚 Criterios e Interpretación

Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.

Las normas secundarias que desarrollen el contenido de este precepto deben interpretarse "de conformidad con la Constitución", lo que significa que cualquier ambigüedad debe resolverse eligiendo la lectura más compatible con el texto constitucional, incluyendo el Artículo 60.

🔗 Búsqueda en jurisprudencia: Para localizar tesis y jurisprudencia aplicable a este precepto consulta el Semanario Judicial de la Federación (sjf.scjn.gob.mx) con los términos: "Artículo 60" + "LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS ".
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos

Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 60 de la LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO.

⚡ Juicio de Amparo

Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.

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📋 Recurso de Revisión

Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.

Ver plazos →
⏳ Prescripción

Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué dice el Artículo 60 de la LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO?
El Artículo 60 de la LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO establece disposiciones específicas que regulan derechos y obligaciones en materia fiscal. Consulte el texto completo arriba y la explicación ciudadana para entender su alcance práctico.
¿Este artículo está vigente en 2026?
Sí, el texto mostrado corresponde a la versión vigente de la LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO. Verificamos periódicamente contra el Diario Oficial de la Federación (DOF). La última reforma puede consultarse en el sitio de la Cámara de Diputados.
¿Qué pasa si no cumplo con esta obligación fiscal?
El SAT puede imponer multas, recargos y actualizaciones. En casos graves, puede configurarse el delito de defraudación fiscal (Arts. 108-109 CFF).
¿Puedo impugnar una resolución basada en este artículo?
Sí, puede interponer recurso de revocación ante el SAT (45 días) o juicio contencioso administrativo ante el TFJA (30 días). También el juicio de amparo.
¿Puedo pagar en parcialidades?
Sí, el SAT permite convenios de pago en parcialidades (hasta 36 meses) o pago diferido. Se causan recargos por financiamiento.
¿Hay plantillas legales que citen este artículo?
Sí, en Machotes Legales contamos con plantillas profesionales que invocan formalmente el Art. 60. Incluyen formato correcto, fundamento legal y guía de llenado paso a paso.

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