Artículo 60
“En materia electoral, para el cómputo de los plazos, todos los días son hábiles. Párrafo adicionado DOF 22-11-1996”
📖 Explicación Ciudadana
¿Qué dice este artículo en palabras simples?
Este artículo establece una regla muy específica para los procesos electorales: cuando se cuentan los plazos o tiempos que marca la ley, todos los días cuentan, incluyendo sábados, domingos y días festivos. A diferencia de otros trámites legales donde los fines de semana no se toman en cuenta, en lo electoral el reloj no se detiene. Esto agiliza y da certeza a los tiempos de las contiendas y resoluciones.
¿En qué situación de la vida real me aplica?
- Ejemplo 1: Un partido político presenta un recurso de impugnación el viernes y tiene 3 días para que se resuelva. Con esta regla, el sábado y domingo cuentan, por lo que el plazo vence el lunes, no el miércoles.
- Ejemplo 2: El organismo electoral local debe publicar los resultados de una elección en un plazo de 5 días posteriores a la jornada. Si la elección es un domingo, el conteo incluye los días siguientes sin excluir ningún fin de semana.
- Ejemplo 3: Un ciudadano quiere solicitar la inscripción de un candidato independiente y el plazo para hacerlo vence un 15 de septiembre (día festivo). Ese día festivo sí cuenta como día hábil para efectos del plazo electoral.
Análisis jurídico
El artículo 60 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y Ii del Articulo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contiene una norma de carácter adjetivo que modifica la regla general de cómputo de plazos. Su supuesto de hecho es la existencia de un plazo dentro de un procedimiento o materia electoral. La consecuencia jurídica es la aplicación del cómputo continuo, donde los días inhábiles (sábados, domingos y festivos) se consideran hábiles. Esta disposición busca garantizar celeridad procesal y seguridad jurídica en asuntos de alta trascendencia pública y temporalidad acotada, como son los procesos electorales, evitando dilaciones.
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El artículo 60 es una excepción a la regla general del Código Federal de Procedimientos Civiles sobre días inhábiles. Se relaciona con los artículos 41 y 99 de la Constitución Federal, que otorgan autonomía y establecen principios para la función electoral. Dentro de su misma ley, debe leerse en conjunto con los artículos que definen los plazos específicos para las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad en materia electoral.
🧠 Aplicación Práctica en el Litigio
📌 Síntesis del Artículo 60
El Artículo 60 de la LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS regula una materia de orden público con rango constitucional, por lo que vincula a todos los poderes del Estado y a los particulares. Su texto inicia estableciendo: "En materia electoral, para el cómputo de los plazos, todos los días son hábiles."
⚖️ Aplicación Práctica en el Litigio
El litigante que invoca este precepto debe construir un argumento que demuestre: (1) la existencia del derecho o competencia reconocida, (2) la afectación directa al quejoso o parte actora, y (3) la relación causal entre el acto de autoridad y la violación alegada. La jurisprudencia federal es el principal instrumento para dotar de contenido concreto a las disposiciones de este artículo.
🛡️ Medios de Defensa y Plazos
- ▸Juicio de Amparo Indirecto ante el Juzgado de Distrito competente es el medio ordinario de tutela. El plazo ordinario para interponer el amparo indirecto es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que el quejoso haya tenido conocimiento del acto reclamado o de su ejecución, salvo que opere alguna de las excepciones previstas en la Ley de Amparo (actos continuos, actos de efectos permanentes, etc.).
💡 Caso Práctico — Artículo 60
En aplicación del Artículo 60, cuando una autoridad emita un acto cuyo contenido contravenga lo establecido en este precepto —específicamente la disposición que establece: "En materia electoral, para el cómputo de los plazos, todos los días son hábiles..."— el afectado deberá identificar con precisión: (1) el acto concreto que vulnera el precepto, (2) la autoridad responsable, (3) el derecho específico lesionado, y (4) la relación de causalidad entre el acto y la lesión.
La construcción del argumento constitucional requiere apoyarse en la jurisprudencia aplicable que puede consultarse en el Semanario Judicial de la Federación, filtrando por el número de artículo y la ley de que se trate. Los criterios orientadores de la SCJN y de los Tribunales Colegiados son fuente interpretativa que fortalece o debilita la viabilidad del medio de impugnación elegido.
📚 Criterios e Interpretación
Este precepto debe interpretarse de manera sistemática y teleológica: sistemática, porque su contenido sólo adquiere pleno sentido en relación con los demás artículos del mismo ordenamiento; teleológica, porque debe atenderse a la finalidad perseguida por el legislador o el constituyente al establecer la norma.
La SCJN utiliza además el método de interpretación conforme: antes de declarar inconstitucional una norma secundaria, el tribunal debe agotar la posibilidad de interpretarla de una manera compatible con el Artículo 60. Solo cuando no exista lectura compatible procede la declaración de inconstitucionalidad.
🧮 Calculadoras Relacionadas
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🛡️ Medios de Defensa y Plazos
Opciones legales para impugnar o defender derechos derivados del Artículo 60 de la LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Plazo: 15 días hábiles desde el acto reclamado. Se presenta ante Juzgado de Distrito.
Calcular plazo →Plazo: 10 días hábiles para impugnar resoluciones administrativas ante el superior jerárquico.
Ver plazos →Los derechos derivados de este artículo pueden prescribir. Consulta los plazos específicos según la materia.
Calcular prescripción →❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué dice el Artículo 60 de la LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS?
¿Este artículo está vigente en 2026?
¿Qué hacer si se viola este derecho constitucional?
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